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Noti D'Mente | Jul 27, 2023
La DIAN emitió el 27 de julio de 2023 el
Bogotá, D.C., 27 de julio de 2023.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- habilitó las herramientas necesarias para facilitarle a cerca de 4.8 millones de ciudadanos, la presentación del impuesto de renta para personas naturales año gravable 2022 y así puedan cumplir oportunamente con esta obligación.
Los vencimientos del calendario tributario inician el próximo 9 de agosto y terminan el 19 de octubre, por lo que los ciudadanos deben tener en cuenta los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria -NIT- del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Si en 2022 las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia cumplieron con alguna de las condiciones que se mencionan a continuación, deben presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario -año gravable 2022:
Patrimonio bruto superior a $171.018.000 a 31 de diciembre de 2022.
Ingresos brutos iguales o superiores a $53.206.000 durante 2022.
Consumos con tarjeta de crédito superiores a $53.206.000 durante 2022.
Compras y consumos totales superiores a $53.206.000 durante 2022.
Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superior a $53.206.000 durante 2022.
Ser responsable del Impuesto sobre las Ventas – IVA al cierre de 2022.
Del mismo modo, las personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes en Colombia que hayan recibido ingresos de fuente nacional y no hayan sido objeto de retención en la fuente, deberán presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario -año gravable 2022 en el Formulario 110, atendiendo los mismos plazos establecidos en el calendario tributario.
Las personas naturales que cumplan con las condiciones, y estén obligadas a presentar la declaración de Renta y Complementario -año gravable 2022, deben habilitar su cuenta de usuario, ya que el Formulario 210 estará disponible para diligenciamiento, ÚNICAMENTE, a través de la opción Usuario Registrado.
La entidad invita a los ciudadanos que no han habilitado su cuenta de usuario a que lo hagan en el Portal Transaccional por la opción Usuario Nuevo. Esto les permitirá, además de acceder a los servicios de diligenciamiento, realizar la presentación y pago de los impuestos nacionales por medios electrónicos, reduciendo el tiempo y los costos de transacción asociados al cumplimiento de la obligación.
Fecha | Últimos dos dígitos del NIT |
---|---|
Agosto 9 | 01-02 |
Agosto 10 | 03-04 |
Agosto 11 | 05-06 |
Agosto 14 | 07-08 |
Agosto 15 | 09-10 |
Agosto 16 | 11-12 |
Agosto 17 | 13-14 |
Agosto 18 | 15-16 |
Agosto 22 | 17-18 |
Agosto 23 | 19-20 |
Agosto 24 | 21-22 |
Agosto 25 | 23-24 |
Agosto 26 | 25-26 |
Agosto 29 | 27-28 |
Agosto 30 | 29-30 |
Agosto 31 | 31-32 |
Septiembre 1 | 33-34 |
Septiembre 4 | 35-36 |
Septiembre 5 | 37-38 |
Septiembre 6 | 39-40 |
Septiembre 7 | 41-42 |
Septiembre 8 | 43-44 |
Septiembre 11 | 45-46 |
Septiembre 12 | 47-48 |
Septiembre 13 | 49-50 |
Septiembre 14 | 51-52 |
Septiembre 15 | 53-54 |
Septiembre 18 | 55-56 |
Septiembre 19 | 57-58 |
Septiembre 20 | 59-60 |
Septiembre 21 | 61-62 |
Septiembre 22 | 63-64 |
Septiembre 25 | 65-66 |
Septiembre 26 | 67-68 |
Septiembre 27 | 69-70 |
Septiembre 28 | 71-72 |
Septiembre 29 | 73-74 |
Octubre 2 | 75-76 |
Octubre 3 | 77-78 |
Octubre 4 | 79-80 |
Octubre 5 | 81-82 |
Octubre 6 | 83-84 |
Octubre 9 | 85-86 |
Octubre 10 | 87-88 |
Octubre 11 | 89-90 |
Octubre 12 | 91-92 |
Octubre 13 | 93-94 |
Octubre 17 | 95-96 |
Octubre 18 | 97-98 |
Octubre 19 | 99-00 |